Prisión Permanente Revisable



"La absolución del culpable es la condenación del justo.” Publio Siro

Félix Vidal Anido, 55 años, natural de Lugo. Tal vez las señas no les suenen a primera vista pero si les cuento su sobrenombre, “el violador del estilete”, puede que la cosa cambie. Tras violar a 54 mujeres e intentar matar a una de ellas fue encarcelado a 73 años por sus delitos aunque, tras la anulación de la doctrina Parot en 2013, salió de la cárcel sin haber cumplido siquiera la mitad de su pena. Unos meses después retornó a prisión al conocerse que había vuelto a intentar agredir a diferentes mujeres. Ahora, suelto una vez más, ha sido detenido tras una nueva denuncia de agresión sexual en Oviedo.

No es el único caso. Desde 2013, tras la anulación, otros cuatro presos beneficiados reincidieron. Hubo nuevas víctimas atacadas sexualmente y una mujer casi fue asesinada. Con la Prisión Permanente Revisable no habrían podido reincidir.

La PPR constituye una medida excepcional, plausible y justificada, destinada a proteger a la sociedad de delincuentes no recuperables, con un elevado riesgo de reincidencia, que han realizado crímenes singularmente abominables. Es por ello que viene recogida en la legislación de la mayoría de las democracias de nuestro entorno (Alemania, Austria e, incluso, Bélgica y Suiza, paraísos demócratas últimamente) y aceptada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Desde su aprobación en 2015 tan solo un único preso en España ha cometido un delito tan execrable como para ser merecedor de semejante condena. Ni es una pena que se aplica con facilidad y rapidez ni tampoco es la norma en los casos juzgados en los tribunales, tan solo es una ley de sentido común para delitos extraordinariamente graves que busca dar una respuesta proporcionada ante delitos desproporcionados.

La constitucionalidad de la medida, por tanto, está fuera de toda duda, no solo por su aplicación escasa y selectiva, que permite compatibilizar el derecho de una sociedad a defenderse con la propia defensa de los derechos humanos, sino porque el hecho de que sea revisable otorga la oportunidad de que el delincuente pueda volver a incorporarse a la sociedad. Siempre y claro que no haya riesgo de que vuelva a reincidir y haya demostrado su arrepentimiento y su compromiso de no volver a cometer ningún delito. Por tanto, no viola el principio constitucional de orientar las penas a la reinserción.

Que la Constitución defienda que las penas privativas de libertad deban estar “orientadas a la reinserción” no significa ni puede significar que las penas estén para reinsertar, sin más, al condenado. La pena es un castigo de la sociedad por un delito y la cárcel facilita, cuando es posible, la reinserción del criminal. Nunca la amnistía.

Creo en la reinserción, creo que las personas tienen la capacidad de cambiar y renovarse después de una condena. Pero también sé que no todo el mundo se puede reinsertar, que la reinserción es un objetivo, no una acción de obligado cumplimiento. Por eso la PPR es revisable, por si se diese tal finalidad.

Y es que hay delincuentes que no son reinsertables y constituyen un serio peligro, permanente, para la sociedad. Los sectores políticos y jurídicos que retratan la pena como un instrumento medieval, obsoleto y caduco se afanan en negar esta evidencia, pero ninguno de ellos tiene derecho a experimentar con la población únicamente para satisfacer su conciencia progresista.

En ese afán de ser todos tan correctos, de mente abierta y tolerantes, nos olvidamos de la parte que permanece, normalmente, muda: las víctimas. ¿Acaso la ley debe proteger mejor y dar más amparo al delincuente que a la víctima, sobre todo cuando ese delincuente piensa volver a reincidir? Si psicólogos, juristas y trabajadores sociales consideran que un recluso va a volver a delinquir ¿aceptamos la PPR o lo dejamos en libertad? Para el resto del 95% de los presos condenados, los que pueden rehabilitarse, debemos favorecer la reinserción. No solo porque es más humano, sino porque es más eficaz para prevenir la reincidencia. Que un psicópata sexual o un asesino en serie pase toda su vida en la cárcel no me quitará el sueño.

En síntesis, los principales argumentos de quienes buscan derogar la pena de PPR son que no se debe legislar en caliente, que no disuade a nuevos criminales, que los índices de criminalidad en España son de los más bajos de Europa y que la pena no puede ser una venganza de las víctimas. En cuanto a lo de legislar en caliente, ojalá hubiera posibilidad de legislar en frío, pero sucede que estos delitos nunca faltan, además, si esa es su pretensión apenas podríamos nunca redactar ninguna Ley puesto que cuando la situación se hubiera enfriado el problema ya habría acabado, por si solo o con nosotros. Con esta idea la Ley contra la Violencia de Género nunca podría haberse promulgado porque, habiendo tantos casos de asesinatos cada año ¿Cuánto debería pasar para que se pudiera legislar y el legislador no tuviera presente dicho suceso?

Con respecto a la generosidad y no afán de venganza, suena a burla equiparar una pena de prisión estatal con una lapidación pública que sería la auténtica venganza (o infligirles el mismo daño que ellos a sus víctimas). De risa parece el argumento que defiende que como ya no hay mucha gente que delinca, se deberían bajar todas las penas. De esta forma llegaría un momento en que, cuando tan solo se cometa un asesinato al año, este podrá salir libre. Y puede que la pena no disuada a nuevos criminales, pero la cosa no va de desalentar, que también, sino de hacer justicia e impedir que algo así pueda volver a ocurrir. Por lo menos con el mismo protagonista.

Estas son ideas que van más allá de las ideologías políticas de los partidos. Por eso, del lado de la defensa de la medida nos podemos encontrar al Partido Popular o a la asociación feminista Clara Campoamor que se ha sumado, junto a más de 2 millones de personas, a la iniciativa pública contra la derogación de la ley. Por eso hay que recordar al PSOE que partidos de izquierda europeos, como en Francia, la han implantado en sus países.

Cuando el PP perdió su mayoría absoluta, la oposición encabezada por Pedro Sánchez y Pablo Iglesias se frotaron las manos mientras anunciaban tumbar todas las reformas, buenas o no, que llevaran la rúbrica de Rajoy. La implantación de la PPR no fue una concesión al populismo punitivo, como denuncian estos partidos, sino una respuesta adecuada a una carencia del Código Penal. Pero esto les da igual, embarcados como están en erosionar al Gobierno del PP utilizando cualquier medio a su disposición. Aunque sus votantes no piensan lo mismo.

Según las encuestas publicadas por los periódicos, cerca del 80% de la población apoya la medida, siendo los votantes del PSOE los que lideran la opinión más favorable a esta. Y los de Podemos superan el 50%. No me gustaría caer en la demagogia, pero llama notablemente la atención como quienes defienden convertir la democracia parlamentaria en un régimen asambleario pronto les dan la espalda a los ciudadanos cuando estos se desentienden de su posición.

Y ya veremos si la posición bamboleante de Ciudadanos acaba por tomar partido en ese tema en algún momento.

A.C.G.

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